EXTINCION DE DOMINIO? PROTEGETE!!
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La Ley de Extinción de Dominio establece que es necesario cumplir con obligaciones fiscales para que la autoridad presuma buena fe. La extinción de dominio es la facultad de extinguir, a favor del Estado, los títulos de propiedad de los bienes que sean instrumento, objeto o producto de hechos ilícitos. Sin embargo, la misma ley dice en su artículo 15 que la autoridad presumirá buena fe en la adquisición y destino de los bienes si se acreditan varias condiciones. Una de estas es que haya un pago oportuno y debido de los impuestos y contribuciones causados por los hechos jurídicos en los cuales funde su Buena Fe, o justo título. LLAMANOS! Y CON GUSTO TE ASESORAMOS Y AYUDAMOS A IMPLEMENTARLO, O VISITANOS Y RESOLVEMOS TUS DUDAS TEL 33 8421 9911 Whatsapp: 33 2494 9330 Email: clientes@gcaf-ingenieriafiscal.mx Domicilio: Calle Diamante 2583, Colonia Bosques de La Victoria, Guadalajara, Jalisco, México.
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